Por medio del Ministerio de Transportes, el gobierno aprobó un régimen excepcional que reduce en 90% determinadas multas del transporte público y privado.
La normativa se orienta a facilitar el pago de sanciones pendientes.
Su aplicación durará 90 días para las multas por infracciones de tránsito y 180, para el transporte público y privado.
Importante es que la reducción no incluye las infracciones más graves, como conducir en estado de ebriedad y la informalidad.
Así mismo, las agresiones contra inspectores y los accidentes de tránsito, según competencia de la ATU y las municipalidades provinciales.
Es evidente que el decreto tiene la paternalista intención de aliviar el bolsillo de los conductores.
A pesar que muchos tienen la mala costumbre de incumplir el pago de sus obligaciones por más bajas que sean.
Sin embargo, tal vez no se tuvo en cuenta que el promocionado descuento afectará directamente la economía municipal del país.
De otro lado, son de dominio público, las frecuentes faltas cometidas por los choferes contra al Reglamento de Tránsito.
Por lo tanto, el beneficio debió estar condicionado a ciertas exigencias.
Como obedecer al semáforo, evitar invadir líneas peatonales y veredas, no sonar claxon, ni estacionarse en zona prohibida y usar la luz direccional al voltear.
En Trujillo, más del 50% de vehículos circula con este dispositivo inactivo, pese a su vital para peatones y pilotos, ante la pasividad de la policía.
Al no contemplar estos y otros aspectos, la norma quedó, a nivel estudiantil, como distinguir con diploma de honor a los alumnos jalados…
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